Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 5 mar 2017
El Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) se considera excluido del ámbito de aplicación de este reglamento y se regulará por su normativa específica.
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eli/es/rd/2017/02/24/130#disposicion-adicional-sexta

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