Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 14 mar 2015
Las disposiciones contenidas en este real decreto serán de aplicación a la VUDS, a la plataforma «Emprende en 3», al PAE electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y a los centros VUE creados al amparo del Protocolo de 26 de abril de 1999, así como a las oficinas integradas de atención al ciudadano que presten servicios a empresas, creadas según el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de julio de 2005, que se integran en la red de Puntos de Atención al Emprendedor.
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eli/es/rd/2015/02/27/127#art-2

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