Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ORQUESTA NACIONAL DE ESPAÑACapítulo CAPÍTULO IV

Art. 26

En vigor desde 12 dic 2002
Los profesores de la Orquesta Nacional tendrán derecho a que se les facilite el vestuario apropiado para las actuaciones y a su renovación cuando la Dirección General del INAEM, a propuesta del Director técnico de la ONE, lo estime procedente. Los profesores deben cuidar razonablemente este vestuario y no utilizarlo fuera de las actuaciones de la orquesta. Este vestuario es de uso obligatorio en los conciertos.
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eli/es/rd/2002/11/29/1245#art-26

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