Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 sept 2018
Se autoriza a la Ministra de Política Territorial y Función Pública para desarrollar, en el ámbito de sus competencias, lo previsto en este real decreto y, en particular, para proceder mediante orden a la determinación de la fecha en que los interesados a los que es de aplicación este Reglamento tengan la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Oficina de Conflicto de Intereses en los procedimientos previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, y en este Reglamento, de acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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eli/es/rd/2018/09/28/1208#disposicion-final-primera

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