Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 30 sept 2018
Todas las declaraciones y el resto de comunicaciones y documentos a que se refiere este Reglamento se realizarán de forma electrónica siguiendo los modelos aprobados al efecto por Orden de la Ministra de Política Territorial y Función Pública.
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eli/es/rd/2018/09/28/1208#art-3

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