Art. Disposición final tercera

En vigor desde 10 feb 2024
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia sobre bases y coordinación general de la planificación económica, y en el artículo 149.1.15.ª, que le atribuye competencias exclusivas en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
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