Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
En vigor desde 31 jul 2011
1. El Catálogo de Títulos de la Formación Profesional del sistema educativo deberá responder a las competencias profesionales requeridas por los diferentes sectores productivos y contribuirá al desarrollo económico a nivel nacional, autonómico y local. Asimismo, dará respuesta a la demanda de la sociedad y a los intereses y expectativas de los ciudadanos.
2. El Catálogo de títulos de formación profesional está constituido por los títulos de Técnico y de Técnico Superior que el Gobierno establezca. Asimismo incluirá los cursos de especialización.
3. El Ministerio de Educación mantendrá actualizado permanentemente este Catálogo.
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Proeli/es/rd/2011/07/29/1147#art-33