Capítulo CAPÍTULO V
Art. 15
En vigor desde 15 may 2010
El personal funcionario y laboral destinado y que preste sus servicios en el CEDEX estará sometido al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades para el personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el convenio colectivo que le sea de aplicación, respectivamente.
Se modifica por la disposición final 2.1 del Real Decreto 638/2010, de 14 de mayo. Ref. BOE-A-2010-7797 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2002/10/31/1136#art-15