Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 21 dic 2023
1. Queda suprimido el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo, creado por Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre.
2. A partir de la entrada en vigor del presente real decreto, la Casa de la Arquitectura quedará subrogada, en su caso, en la totalidad de bienes, derechos y obligaciones del museo suprimido y le sucederá a éste en todas sus competencias y funciones.
Las menciones que la normativa vigente haga al museo se entenderán hechas a la Casa de la Arquitectura.
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Proeli/es/rd/2023/12/19/1125#disposicion-adicional-tercera