Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5 bis
En vigor desde 21 ene 2021
Con el fin de lograr los objetivos establecidos en el presente real decreto, las administraciones competentes harán uso de los instrumentos económicos o de otras medidas para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos, entre otros, los contemplados en el anexo IV bis de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, así como en la Ley 22/2011, de 28 de julio.
Se añade por el .3 del Real Decreto 27/2021, de 19 de enero. Ref. BOE-A-2021-796
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/02/20/110#art-5-bis