Libro LIBRO IITítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 26 abr 2002
Lo dispuesto en los artículos 76 y 77 de la Ley en cuanto a cómputo de plazos e inclusión y exclusión de impuestos a efectos de determinación de cuantías será igualmente aplicable a las normas de este Reglamento.
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eli/es/rd/2001/10/12/1098#disposicion-adicional-segunda

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