Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 ene 2010
El Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, aprobado por el Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, queda modificado como sigue:
Uno. Se modifica el apartado e) del artículo 6.2 del Estatuto, que queda redactado de la siguiente forma:
«e) Realizar informes sobre las evaluaciones de programas públicos, sus resultados, impacto y utilización, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos por la legislación vigente.»
Dos. Se deroga el apartado j) del artículo 6.2. del Estatuto.
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Proeli/es/rd/2009/07/03/1083#disposicion-final-primera