Libro Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 51
En vigor desde 31 dic 2017
El Director Gerente del organismo podrá acordar la explotación de los bienes y derechos patrimoniales propios y puestos a disposición del INVIED O.A. cuando se considere que se obtendría una mayor rentabilidad mediante la explotación de los mismos.
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Proeli/es/rd/2017/12/29/1080#art-51