Libro Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 13 jun 2026
El INVIED O.A. se rige por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre; por la disposición adicional quincuagésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre; por las disposiciones contenidas en el artículo 71 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, en la Ley 26/1999, de 9 de julio, en la Ley de 2 de marzo de 1943, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en lo que se refiere al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de intervención, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y su normativa de desarrollo y la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, por el artículo 9.1.b) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por las normas que desarrollan las citadas leyes, por las que se contienen en este estatuto y demás que resulten de aplicación, con las excepciones establecidas en la citada Ley 26/1999, de 9 de julio, respecto al régimen patrimonial de las viviendas militares.
Se modifica por el .1 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#ad-3
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Proeli/es/rd/2017/12/29/1080#art-2-1