Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
En vigor desde 16 ago 2012
1. Cualificación profesional completa:
Repoblaciones forestales y tratamientos selvícolas AGA345_2 (Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC1125_2: Realizar operaciones de repoblación forestal y de corrección hidrológico-forestal.
UC1126_2: Realizar tratamientos selvícolas.
UC1121_2: Manejar tractores forestales y realizar su mantenimiento.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
a) Aprovechamientos forestales AGA343_2 (Real Decreto 108/2008, de 1 de febrero):
UC1116_2: Realizar el apeo y procesado de árboles con motosierra.
UC1117_2: Realizar el apeo y procesado de árboles con cosechadora forestal.
b) Mantenimiento y mejora del hábitat cinegético-piscícola AGA458_2 (Real Decreto 715/2010, de 28 de mayo):
UC1473_2: Realizar trabajos de repoblación de especies acuícolas continentales y de conservación y mejora de su hábitat.
UC1475_2: Realizar trabajos de repoblación de especies cinegéticas.
c) Producción de semillas y plantas en vivero AGA460_2 (RD 715/ 2010, de 28 de mayo):
UC1479_2: Realizar operaciones de propagación de plantas en vivero.
UC0525_2: Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2012/07/13/1071#art-6