Art. 13
En vigor desde 2 may 1983
La Comisión Mixta procederá a preparar los traspasos de funciones y servicios del Estado que le correspondan a la Comunidad Autónoma según su Estatuto de Autonomía, con la máxima celeridad posible y sin interrupción, hasta dejarlos completados en el más breve plazo.
Sin perjuicio de los calendarios que para el mejor desarrollo de su trabajo puedan establecerse en cada momento, en el plazo de un año a contar desde su constitución deberá acordarse formalmente el término dentro del cual tendrá que completarse la totalidad de los traspasos de Servicios que correspondan a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía, elevando seguidamente dicho acuerdo al Gobierno de la Nación y al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es/rd/1983/04/13/1064#art-13