Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor

Art. 27

En vigor desde 29 dic 2022
La ejecución, parcial o total, de la garantía financiera, así como su reposición, deberá realizarse conforme a los establecido en el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/27/1055#art-27

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil