Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 25 ago 2018
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas solicitará informe del Ministerio de Hacienda en relación con las propuestas del plan general de contabilidad, las adaptaciones de dicho plan así como todas las propuestas de modificaciones legislativas o reglamentarias en relación con el perfeccionamiento y actualización permanente de la planificación contable a que se refieren los párrafos a) y c) del artículo 2 del Real Decreto 302/1989, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto y la estructura orgánica del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
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Proeli/es/rd/2018/08/24/1046#disposicion-adicional-quinta