Art. Disposición final primera
En vigor desde 25 ago 2018
Los órganos colegiados del Departamento, cuya composición y funciones sean de alcance puramente ministerial, podrán ser regulados, modificados o suprimidos mediante orden de la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional, aunque su normativa de creación o modificación tenga rango de real decreto.
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Proeli/es/rd/2018/08/24/1045#disposicion-final-primera