Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª Régimen presupuestario y tributario
Art. 40
En vigor desde 31 dic 2013
1. El régimen de variaciones presupuestarias será el establecido, con carácter general, para las entidades públicas empresariales en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. No obstante lo anterior, serán aprobadas por el Consejo de Administración o por el órgano en quien éste delegue, las modificaciones internas de los presupuestos que no incrementen la cuantía del mismo y sean consecuencia de las necesidades surgidas durante el ejercicio.
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Proeli/es/rd/2013/12/27/1044#art-40