Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª Régimen presupuestario y tributario
Art. 39
En vigor desde 31 dic 2013
La entidad elaborará, anualmente, sus Presupuestos de Explotación y Capital, junto con los Programas de Actuación Plurianual, con la estructura que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que serán tramitados en la forma establecida, para las entidades públicas empresariales, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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Proeli/es/rd/2013/12/27/1044#art-39