Capítulo CAPÍTULO V

Art. 32

En vigor desde 31 dic 2013
La entidad formará y mantendrá actualizado el inventario de sus bienes y derechos. El inventario se actualizará anualmente con referencia al 31 de diciembre y se someterá a la aprobación del Consejo de Administración en el primer trimestre del ejercicio siguiente.
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eli/es/rd/2013/12/27/1044#art-32

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