Art. 4

En vigor desde 26 mar 2025
El horario escolar que corresponde en todo caso a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, será el establecido en el anexo II de este real decreto.
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eli/es/rd/2025/02/18/104#art-4

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