Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 jun 2009
El apartado d).4.º del artículo 11 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda redactado como sigue: «4.º La Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos, que ejercerá, en este ámbito, las funciones de los servicios generales y de régimen interior, sin perjuicio del respeto a las competencias de los demás ministerios en relación con sus servicios periféricos.»
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eli/es/rd/2009/06/29/1039#disposicion-final-primera

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