Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 22 dic 2022
El Registro de Contratos Alimentarios se atenderá con los medios económicos, personales y materiales de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/20/1028#disposicion-adicional-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil