Libro TRATADO TERCEROTítulo TITULO XVSecc. Del saludo

Art. 460

En vigor desde 31 may 1984
En los lugares de trabajo en común o de encuentro frecuente, el militar saludará la primera vez que coincida con cada uno de sus superiores, y cuando posteriormente se dirija a ellos, bien sea por propia iniciativa o por haber sido llamado por éstos. En la Armada, en el primer saludo, se añadirá buenos días. Al ocaso el más moderno dará las buenas noches al más antiguo presente.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-460

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