Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO XSecc. Del Capitán de guardia

Art. 395

Derogado
En vigor desde 31 may 1984
Durante el relevo, el saliente entregará al entrante la carpeta de órdenes y le comunicará las instrucciones verbales recibidas, así como las novedades ocurridas que le afecten. Una vez concluido, darán la novedad al Mando de la Unidad.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-395

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