Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO VII

Art. 216

Derogado
En vigor desde 31 may 1984
Corresponderá al Detall llevar el turno de guardias y servicios, comunicar directamente las raciones que se deben suministrar, tramitar las órdenes de embarque y novedades de personal, y mantener al día el Libro Matriz, la relación de las Brigadas o Compañías y demás libros reglamentarios.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-216

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