Libro ANEXO II›Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección IV. Medidas para la protección contra las inundaciones y las sequías
Art. 37
En vigor desde 20 ene 2016
El Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Duero, aprobado mediante la Orden MAM/698/2007 de 21 de marzo, acomodará su ciclo de revisión al del Plan Hidrológico de Cuenca, tal y como se prevé en el capítulo 9 del mencionado Plan Especial, de tal forma que se verifique que tanto el sistema de indicadores como las medidas de prevención y mitigación de las sequías son concordantes con los objetivos de la planificación hidrológica según estos se vayan actualizando en las sucesivas revisiones del Plan Hidrológico.
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Proeli/es/rd/2016/01/08/1#art-37-3