Art. 9

En vigor desde 1 sept 2026
En los centros e instalaciones de las Capitanías Marítimas, de los Distritos Marítimos y de SASEMAR se exhibirá para su consulta una copia de esta orden, incluidos sus anexos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2026/07/27/trm844#art-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil