Art. Disposición final única
En vigor desde 15 mar 2020
Esta Orden será de aplicación desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta la finalización del periodo del estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la presente.
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Proeli/es/o/2020/03/15/tma229#disposicion-final-unica