Art. 1

En vigor desde 18 abr 2020
1. Los sujetos obligados por la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado se relacionarán con la Oficina de Conflictos de Intereses exclusivamente por medios electrónicos a partir del 20 de octubre de 2020, a través de la Subsede Electrónica del Portal FUNCIONA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 y en la disposición final primera del Reglamento por el que se desarrollan los títulos Preliminar, II y III de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre. 2. Hasta la fecha citada en el apartado anterior, los sujetos obligados podrán presentar los modelos aprobados en el artículo 2 bien de forma electrónica, bien en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se modifica por el art. único de la Orden TFP/350/2020, de 16 de abril. Ref. BOE-A-2020-4491#au

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2020/01/08/tfp2#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil