Capítulo CAPÍTULO II

Art. 18

En vigor desde 6 ago 2020
Las convocatorias que se establezcan al amparo de las presentes bases deberán contemplar plazos máximos para la justificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1.
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eli/es/o/2020/08/03/ted766#art-18

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