Art. Disposición final segunda
En vigor desde 28 feb 2025
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción del apartado 8.5 de las NGTS incluidas en el anexo, el cual entrará en vigor seis meses después.
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Proeli/es/o/2025/02/13/ted181#disposicion-final-segunda