Art. Disposición final primera
En vigor desde 28 feb 2025
Esta orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de bases del régimen minero y energético, respectivamente.
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Proeli/es/o/2025/02/13/ted181#disposicion-final-primera