Art. 4

En vigor desde 1 oct 2021
1. Los cánones de acceso correspondientes a los servicios de los almacenamientos subterráneos básicos de aplicación del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022, calculados conforme a la metodología recogida en el Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre, son los siguientes: Canon de almacenamiento: 0,003114 €/(kWh/día)/año. Canon de inyección: 0,081094 €/(kWh/día)/año. Canon de extracción: 0,075563 €/(kWh/día)/año. 2. Los multiplicadores de corto plazo aplicables a los contratos de acceso a los almacenamientos subterráneos básicos son los recogidos en el artículo 3.2 de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021.
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eli/es/o/2021/09/27/ted1023#art-4

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