Art. 3

En vigor desde 18 oct 2018
Se constituirán siete grupos de trabajo para el desarrollo de actuaciones destinadas a reducir el riesgo de extinción de las especies en situación crítica reguladas en esta orden. Estos grupos de trabajo estarán adscritos a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, así como al Comité de Flora y Fauna Silvestres, de acuerdo con el Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la composición y las funciones de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, se dictan las normas que regulan su funcionamiento y se establecen los comités especializados adscritos a la misma. La distribución de representantes de administraciones públicas en los distintos grupos de trabajo será la siguiente: Grupo sobre situación crítica de Cistus heterophyllus subsp. carthaginensis : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica; un representante de la Generalidad Valenciana y un representante del Gobierno de la Región de Murcia. Grupo sobre situación crítica de Margaritifera auricularia : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante de la Confederación Hidrográfica del Ebro, un representante del Gobierno de Aragón, un representante del Gobierno de Navarra, un representante del Gobierno de La Rioja, un representante de la Generalidad de Cataluña y un representante de la Junta de Castilla y León. Grupo sobre situación crítica de Marmaronetta angustirostris : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante de cada una de las confederaciones hidrográficas del Segura, Guadalquivir, Júcar y Guadiana, un representante de la Generalidad Valenciana, un representante de la Junta de Andalucía, un representante del Gobierno de la Región de Murcia, un representante de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y un representante del Gobierno de Canarias. Grupo sobre situación crítica de Lanius minor : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante de la Generalidad de Cataluña y un representante del Gobierno de Aragón. Grupo sobre situación crítica de Mustela lutreola : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante de la Confederación Hidrográfica del Ebro, un representante del Gobierno de Navarra, un representante del Gobierno de La Rioja, un representante de la Junta de Castilla y León, un representante del Gobierno Vasco y un representante del Gobierno de Aragón. Grupo sobre situación crítica de Pinna nobilis : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante de la Dirección General para la Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio para la Transición Ecológica, un representante de la Generalidad de Cataluña, un representante de la Generalidad Valenciana, un representante de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, un representante de la Junta de Andalucía y un representante del Gobierno Balear. Grupo sobre situación crítica de Tetrao urogallus cantabricus : Un representante de la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, un representante del Gobierno del Principado de Asturias, un representante de la Junta de Castilla y León, un representante del Gobierno de Cantabria y un representante de la Junta de Galicia. Los expertos de reconocido prestigio, las entidades científicas y las organizaciones que se determinen podrán participar como asesores de cada grupo de trabajo, siempre que cuenten con experiencia contrastada en conservación de alguna de las anteriores especies o subespecies, y, que los miembros del grupo de trabajo concernido acuerden su inclusión. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 282 de 22 de noviembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-15917
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eli/es/o/2018/09/28/tec1078#art-3

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