Art. Disposición final primera
En vigor desde 18 jul 2026
Esta orden ministerial se dicta al amparo de las competencias en materia de telecomunicaciones atribuidas al Estado con carácter exclusivo por el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
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Proeli/es/o/2026/07/10/tdf732#disposicion-final-primera