Art. 11
En vigor desde 3 nov 2018
1. Los Premios PRAN serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos otorgados para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a excepción de aquellos otorgados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios con la misma finalidad.
2. Los solicitantes deberán comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad que aspira a los Premios PRAN. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca la obtención de los mismos.
Se modifica el apartado 1 por el art. único.5 de la Orden PCI/1157/2018, de 31 de octubre. Ref. BOE-A-2018-15048
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2017/09/15/ssi889#art-11