Art. Nota inicial

En vigor desde 27 jul 2021
Téngase en cuenta que la prórroga de la presente Orden finalizaba a las 24:00 horas del 23 de agosto de 2021, según establece el apartado primero de la Orden SND/858/2021, de 6 de agosto, por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.
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eli/es/o/2021/07/23/snd791#nota-inicial-no

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