Art. Artículo tercero

En vigor desde 15 jun 2020
Se modifica el anexo de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que queda redactado como sigue: «ANEXO Unidades territoriales 7. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Soria. 9. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las regiones sanitarias de Lleida y Barcelona. 19. En la Comunidad de Madrid, la provincia de Madrid.»
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eli/es/o/2020/06/12/snd520#articulo-tercero

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