Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Medidas de higiene y prevención

Art. 3

En vigor desde 18 may 2020
Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.
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eli/es/o/2020/05/16/snd414#art-3

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