Art. Séptimo
En vigor desde 6 mar 2004
La constitución efectiva y el funcionamiento del SICAS y de los órganos que lo constituye, no supondrá incremento del gasto público. En particular, las necesidades de personal y de medios materiales para el funcionamiento del CCAES se atenderá con los recursos personales y con las dotaciones presupuestarias del Ministerio de Sanidad y Consumo.
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Proeli/es/o/2004/02/27/sco564#septimo