Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 26 oct 2006
1. Quedan derogados los artículos 1.º, 2.º y 3.º de la Orden de 24 de febrero de 1993, por la que se normalizan la inscripción y funcionamiento del Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, en todo lo que se oponga a lo establecido en esta orden para los establecimientos y servicios plaguicidas no agrícolas (biocidas).
2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.
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Proeli/es/o/2006/10/13/sco3269#disposicion-derogatoria-unica