Art. Segundo
En vigor desde 3 feb 2019
La Comisión Gestora informará a este Ministerio de la constitución de los órganos de gobierno regulados en los Estatutos provisionales y remitirá copia certificada de las actas de constitución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/01/16/scb85#segundo