Art. Disposición final primera

En vigor desde 30 ene 2010
Se autoriza al Director General de la Policía y de la Guardia Civil para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en la presente orden.
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eli/es/o/2010/01/22/pre92#disposicion-final-primera

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