Art. Preambulo

En vigor desde 6 dic 2005
El artículo decimotercero de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica conceptúa al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante INIA), como un organismo público de investigación, con carácter de organismo autónomo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43.1 a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. El INIA tiene como objetivos la programación, coordinación, asignación de recursos, seguimiento y evaluación de las actividades de investigación científica y técnica, así como la ejecución de las funciones de investigación y desarrollo tecnológico, incluyendo las de transferencia tecnológica en materia agraria y alimentaria. El Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del INIA, establece en su ar-tículo 20, que la ejecución de las actividades de investigación y desarrollo en el INIA se desarrollan en centros de investigación, adscritos orgánicamente a la Subdirección General de Investigación y Tecnología, y que su creación se realizará, según dispone la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. De igual modo, en su artículo 21, el Estatuto citado define a los Centros como las unidades orgánicas en las que se desarrollarán las tareas de investigación y prestación de servicios científico-técnicos y, que, a su vez, estas actividades se agruparán en departamentos. Igualmente, precisa que al frente de cada centro habrá un Director, asistido por una Junta de Centro, de la que será su Presidente y que cada departamento tendrá un coordinador. El INIA tiene una amplísima tradición en la ejecución de investigación forestal, integrando equipos de investigación especializados en: el conocimiento del medio forestal; el tratamiento y aprovechamiento sostenible de las masas forestales; la mejora y conservación genética; la protección forestal; la caracterización, evaluación y mejora de las materias primas y sus productos derivados y el diseño y optimización de los procesos de transformación, lo que le permite abordar los problemas del sector de forma coordinada y multidisciplinar. En la actualidad, los compromisos de I+D+I derivados a nivel internacional de los Convenios sobre Diversidad Biológica, Cambio Climático (Protocolo de Kyoto) y Lucha contra la Desertificación y las Conferencias Ministeriales Paneuropeas, así como, a nivel nacional, de la Ley de Montes, la Estrategia Forestal y el Plan Forestal Español, el Programa de Acción Nacional contra la Desertificación, la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica y el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, aconsejan configurar dentro del INIA un centro especializado en la Investigación Forestal, que coordine los grupos de investigación actualmente existentes y los que se puedan crear, con el fin de incrementar el conocimiento sobre: el medio forestal, como base de una correcta gestión; la diversidad biológica y paisajística de los espacios forestales; los modelos de gestión que integren de forma armónica todas las demandas de una gestión sostenible y multifuncional de nuestros bosques, mejorando la rentabilidad de las labores forestales y contribuyendo, de forma efectiva, al desarrollo rural y al cumplimiento de los compromisos derivados del Protocolo de Kyoto; la conservación, mejora e incremento de la superficie de nuestros bosques y de sus producciones; los daños causados por agentes bióticos y perturbaciones medioambientales; la conservación de los recursos hídricos y el suelo; el control de la erosión y la desertificación y las materias primas forestales y sus productos derivados, optimizando las tecnologías para su procesado y adecuación a diferentes usos. En su virtud, a propuesta de las Ministras de Educación y Ciencia y de Medio Ambiente, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
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