Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 29 sept 2010
A efecto de este reglamento se establecen las siguientes definiciones: Material: A efectos de este reglamento se entiende como material a los productos, procesos o servicios, de uso en las Fuerzas Armadas. Esta definición queda complementada por la definición que sobre este particular efectúa la OTAN. Especificación técnica: Documento que define los requisitos técnicos que debe satisfacer un producto, proceso o servicio. Norma: Especificación técnica aprobada por un organismo de normalización reconocido. Norma Militar Española: Especificación técnica aprobada por el Ministerio de Defensa. Normalización: Actividad encaminada a establecer disposiciones para un uso común y repetido, con objeto de alcanzar un grado óptimo de orden en un contexto dado, unificar criterios respecto a determinadas materias y posibilitar la utilización de un lenguaje común en un campo de actividad concreto. Normalización Militar Administrativa: Trata sobre terminología, procedimientos administrativos, racionalización de métodos de trabajo, etc. En esta categoría también se incluyen aquellas normas que, no teniendo una aplicación directamente militar, facilitan la administración de la Alianza Atlántica. Normalización de Material: Trata sobre las características del material. Estas normas pueden incluir también códigos de prácticas de producción y especificaciones sobre material que abarquen sistemas completos, sistemas de comunicaciones, mando y control (C3), sistemas y subsistemas de armas, interfaces, montajes, componentes, piezas de repuesto y consumibles (incluida la munición, combustibles, suministros, almacenamientos y recambios). Normalización Militar Operativa: Trata sobre las prácticas, procedimientos o formatos militares, pudiendo aplicarse también a materias y conceptos tales como doctrina, táctica, técnicas, logística, entrenamiento, informes, formularios y cartografía. STANAG: Acuerdo de Normalización OTAN. Acrónimo de Standardization Agreement. Acuerdo entre la totalidad o parte de los países miembros de la Alianza para adoptar similares equipos militares, munición, sistemas de información y telecomunicaciones (CIS), suministros y sistemas de almacenaje, procedimientos operativos, logísticos y administrativos. Cancelación de un STANAG: Anulación decidida por la OTAN. Derogación de un STANAG: Anulación, en el ámbito nacional, del cumplimiento de un acuerdo previamente implantado, debido a su cancelación por la OTAN o a decisión nacional. Implantación de un STANAG: Compromiso oficial, nacional y voluntario de cumplir la totalidad o parte del mismo. Ratificación de un STANAG: Conformidad oficial nacional con su contenido, total o parcialmente, sin el compromiso de cumplirlo. Reservas: Son restricciones nacionales al cumplimiento de un STANAG. Solicitud de ratificación (Ratification Request): Documento OTAN mediante el que se recaba oficialmente a las naciones la postura nacional en cuanto al compromiso de implantación de un STANAG.
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eli/es/o/2010/09/23/pre2507#art-4

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