Art. Apartado segundo
En vigor desde 14 jun 2006
La presente orden será de aplicación en los procedimientos de acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo del personal al que se refiere el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, teniendo carácter supletorio para el sector público no incluido en el citado artículo.
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Proeli/es/o/2006/06/09/pre1822#apartado-segundo