Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 1 jul 2010
Los modelos de parte de enfermedad, accidente o riesgo durante el embarazo, así como el de maternidad aprobados por la Orden APU/2210/2003, de 17 de julio, podrán seguir siendo utilizados hasta que por Resolución de la Dirección General de MUFACE, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», se disponga la utilización de los nuevos modelos aprobados por el artículo 1.2.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2010/06/30/pre1744#disposicion-transitoria-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil